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REFORMA A AUDITORIAS EN TIEMPO REAL

HONORABLE ASAMBLEA:

La suscrita, Natalia Rivera Grijalva, Diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano de la Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado de Sonora, en ejercicio de las atribuciones previstas por los artículos 53, fracción III de la Constitución Política de Sonora, y 32, fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento a la consideración de esta Soberanía, la siguiente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 67 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, Y EL ARTÍCULO 17 DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR PARA EL ESTADO DE SONORA, al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En una era donde la inmediatez y el acceso en tiempo real a la información son la norma, resulta incomprensible y altamente ineficiente que las auditorías gubernamentales operen con un desfase temporal considerable.

Actualmente, revisamos las acciones y gastos del gobierno un año después de que se han llevado a cabo, lo que nos sitúa en una posición reactiva, en vez de preventiva. Este proceder no solo dilata la detección de deficiencias o irregularidades, sino que también retrasa la corrección de estas y, lo que es más preocupante, pospone la persecución de aquellos individuos que cometen actos de corrupción y malversación de fondos públicos.

En consecuencia, cuando las acciones correctivas o punitivas finalmente se toman, estas llegan años después de que se cometieron las faltas, reduciendo significativamente su impacto y eficacia.

En un entorno dinámico donde las decisiones se toman con base en datos y análisis en tiempo real, las auditorías no deben ser la excepción: También deben realizarse en tiempo real.

Este tipo de auditorías que se encuentran en nuestra normatividad desde hace más de 5 años, no sólo transforman el proceso de fiscalización, sino que revolucionan la forma en que percibimos la transparencia gubernamental, permitiendo un acceso inmediato a la información sobre las cuentas del gobierno a medida que se ejerce el presupuesto y se despliegan los programas.

Aunque la legislación estatal vigente otorga la facultad al Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización del Estado de Sonora (ISAF) para conducir estas auditorías avanzadas, dicha facultad se encuentra limitada a que el ente fiscalizable solicite expresamente la auditoría en tiempo real. Esta condición actúa como un obstáculo, coartando la plena implementación de auditorías en tiempo real en todo el aparato gubernamental.

Para eliminar esta barrera y maximizar la eficacia de la fiscalización, es imperativo modificar nuestro marco normativo. En este sentido la iniciativa que presentamos busca suprimir esta limitante, facultando al ISAF para ejecutar auditorías en tiempo real, independientemente de si existe o no una solicitud previa por parte del ente a fiscalizar.

Para lograr este cambio significativo, es necesario reformar el artículo 67, apartado A), de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora, así como el artículo 17, fracción II, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Sonora, en los términos que se propondrán más adelante.

Las auditorías en tiempo real
Las auditorías en tiempo real representan una evolución en la metodología de la fiscalización, adaptada a las demandas de un mundo en constante cambio y a la velocidad con la que se maneja la información en la era digital.

En esencia, este tipo de auditorías se refiere a la revisión y evaluación de las operaciones y transacciones financieras de una entidad, mientras estas se están llevando a cabo o poco tiempo después de que sucedan, en contraposición a las auditorías tradicionales que se realizan meses o incluso años después del período examinado.

Según la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI), en su reporte «La Rendición de Cuentas en tiempos de Crisis» (2020), las auditorías en tiempo real pueden definirse como aquellas «conducidas con la mayor proximidad temporal posible a la implementación de los programas del gobierno, en vez de tener por alcance un determinado período previo».

Su objeto – continúa la explicación – «es reforzar la rendición de cuentas, recordando a las agencias de gobierno que las normas y los reglamentos básicos, así como la correcta asignación y uso de recursos, debe seguirse incluso durante una emergencia».

Esta definición subraya la proactividad de este enfoque y su capacidad para ofrecer respuestas rápidas a posibles irregularidades o ineficiencias, permitiendo detectar y responder a riesgos y oportunidades de manera inmediata.

La naturaleza en tiempo real de estas auditorías se apalanca en tecnologías avanzadas y herramientas analíticas para monitorear transacciones y operaciones en casi tiempo real. Estas herramientas proporcionan alertas y señales tempranas a los auditores sobre cualquier anomalía o desviación de las normas y políticas establecidas, permitiendo una intervención temprana y, en muchos casos, preventiva.

Este enfoque es particularmente útil en entornos con grandes volúmenes de transacciones o donde la velocidad de la operación es crítica. Las auditorías en tiempo real son capaces de abordar desafíos que las auditorías tradicionales podrían no detectar o que detectarían cuando ya es demasiado tarde para tomar medidas correctivas significativas.

Las auditorías en tiempo real también pueden adaptarse a distintos sectores y ámbitos de la administración pública, desde la gestión de contratos y licitaciones hasta la ejecución de programas gubernamentales y el desembolso de fondos públicos.

De manera particular, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), desde su reporte del año 2016 denominado «El Sistema Nacional de Fiscalización de México», ha venido recomendando a las entidades de fiscalización superior de México, combinar las auditorías tradicionales con las auditorías en tiempo real, lo que le permitiría informar con mayor frecuencia y oportunidad sobre el manejo de los recursos públicos en los gobiernos y entes fiscalizables.

Lo cual ha sido reconocido por la propia Auditoría Superior de la Federación (ASF) en su reporte «La ASF Frente a la Pandemia de COVID-19», misma que resalta la necesidad de que las entidades de fiscalización superior «no se concentren solamente en las auditorías ex post, cuando los recursos ya se han ejercido, y los posibles daños ya se han concretado, sino que es necesario que se involucren anticipadamente las tareas de fiscalización superior para asegurar que los recursos se ejerzan de la mejor manera y así evitar pérdidas en una circunstancia crítica».

La ASF agrega que «la realización de auditorías en tiempo real, con un enfoque preventivo y correctivo, ayuda a desincentivar actos contrarios a la integridad, incrementar la eficacia y efectividad en la promoción de acciones legales, acortar los tiempos de procuración de justicia y, lo más importante, brindar mejores elementos para tomar decisiones en materia presupuestal y fiscal».

Por otra parte, un reporte reciente de la revista Forbes, del 31 de agosto del 2023, denominado «El Futuro del ejercicio de auditoría en México», resalta la transformación que han experimentado las auditorías debido a los avances tecnológicos de los últimos años y a las expectativas de empresas, gobiernos y ciudadanos, siendo las revisiones en tiempo real una de las herramientas que tendrán mayor demanda en el futuro, según la firma Deloitte.

Informes de agrupaciones internacionales, como la INTOSAI y la Organización de Entidades Fiscalizadoras de Europa, resaltan modelos de países líderes en materia de fiscalización que han comprendido la relevancia de esta evolución tecnológica y social, y han comenzado a adoptar las auditorías en tiempo real dentro de sus esquemas de fiscalización:

Así por ejemplo, se enciona a Noruega, nación reconocido por su compromiso con la transparencia y la rendición de cuentas, ha sido pionero en este ámbito. La Riksrevisjonen, entidad encargada de la fiscalización en el país, ha apostado por la inmediatez en la revisión de transacciones gubernamentales. Esta proactividad ha redefinido la manera en que el gobierno noruego aborda la eficiencia y la responsabilidad en el uso de fondos públicos.

También a Alemania, con su enfoque meticuloso hacia la administración pública, ha integrado las auditorías en tiempo real en múltiples ámbitos del gobierno. Su Bundesrechnungshof, institución encargada de la fiscalización, ha identificado beneficios significativos en la detección temprana de riesgos, la prevención de irregularidades y la promoción de una cultura de responsabilidad y transparencia en el uso de los recursos públicos.

En Estados Unidos, se destaca a la Government Accountability Office (GAO) misma que ha enfocado las auditorías en tiempo real en áreas críticas como salud y seguridad nacional, favoreciendo la adopción de tecnologías de vanguardia y la colaboración entre agencias ha sido fundamental en este proceso.

India, por su parte, ha demostrado cómo las auditorías en tiempo real pueden conducir a ahorros significativos para el tesoro nacional. A través de un enfoque proactivo, la Corte de Cuentas del país ha identificado y corregido desviaciones en programas gubernamentales en tiempo real.

En Chile, la Contraloría General de la República ha adoptado auditorías en tiempo real para supervisar grandes proyectos de infraestructura y programas gubernamentales. Este cambio ha permitido mejorar la eficiencia en la ejecución de proyectos y detectar problemas en etapas tempranas.

El éxito de las auditorías en tiempo real en diferentes contextos internacionales subraya su relevancia y potencial. Estas experiencias nos ofrecen lecciones valiosas y evidencian que es el momento adecuado para que Sonora adopte plenamente esta metodología innovadora en su sistema de fiscalización.

Beneficios y ventajas de las auditorías en tiempo real
La adopción de auditorías en tiempo real en la fiscalización no es un simple cambio metodológico; es una transformación que trae consigo múltiples beneficios y ventajas que potencian la transparencia, la eficiencia y la rendición de cuentas en la administración pública.

Uno de los beneficios más palpables es la proactividad. Al monitorear las operaciones y transacciones gubernamentales de manera continua, se identifican tempranamente las deficiencias o irregularidades, lo que permite implementar medidas correctivas en el momento preciso y no meses o años después. Esta dinámica reduce significativamente el impacto negativo de las posibles desviaciones y garantiza que los recursos públicos se utilicen de manera óptima y conforme a la normativa.

El carácter preventivo de estas auditorías también sirve como un efectivo desincentivo a la corrupción. La mera existencia de una vigilancia constante y casi inmediata desalienta la tentación de cometer actos ilícitos, pues el riesgo de ser descubierto es mucho mayor. Esta naturaleza disuasoria, señalada por la Auditoría Superior de la Federación en sus reportes, promueve una cultura de integridad y responsabilidad en el manejo de fondos públicos.

Asimismo, las auditorías en tiempo real fortalecen la transparencia y la confianza pública. Al tener acceso a información oportuna sobre el desempeño y la gestión gubernamental, la ciudadanía puede tener un rol más activo y participativo en la supervisión de la acción pública. Esta participación ciudadana, respaldada por datos y análisis en tiempo real, fomenta la rendición de cuentas y garantiza que las decisiones gubernamentales estén en consonancia con el bienestar público.

Por otro lado, la adopción de tecnologías avanzadas y herramientas analíticas en las auditorías en tiempo real no sólo potencia la eficacia de la fiscalización, sino que también moderniza y eleva el estándar de la administración pública. La digitalización y el uso de datos en tiempo real impulsan la innovación y sientan las bases para una administración pública del futuro, alineada con las mejores prácticas internacionales.

La experiencia de países como Noruega, Estados Unidos y Alemania, tal como se mencionó anteriormente, demuestra que las auditorías en tiempo real pueden ser un instrumento poderoso para maximizar el valor del dinero público. Al identificar oportunidades de ahorro, evitar gastos innecesarios y garantizar que los recursos se utilicen para su propósito previsto, estas auditorías aseguran que cada peso gastado genere el mayor beneficio posible para la sociedad.

En este sentido, las auditorías en tiempo real no son simplemente una herramienta más en el arsenal de la fiscalización; son una palanca de cambio que puede transformar la manera en que el gobierno sirve a su ciudadanía, garantizando la transparencia, la eficiencia y la rendición de cuentas en cada paso del camino.

El descenso de la fiscalización
En años recientes, México ha enfrentado una paradoja en su gestión fiscalizadora. Aunque el presupuesto se incrementa anualmente y las denuncias contra servidores públicos continúan en ascenso, las auditorías realizadas a estos recursos muestran una tendencia decreciente.

El Censo Nacional de Gobiernos Estatales (CNGE) 2023, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), señala que durante 2022 se llevaron a cabo 6,923 auditorías a las administraciones públicas estatales, lo que representa una disminución de 56.3 % respecto de las auditorías realizadas en 2019.

Año Número De Auditorías
2010 11,153
2011 8,157
2012 7,804
2013 12,037
2014 9,127
2015 8,453
2016 9,507
2017 11,072
2018 14,344
2019 15,873
2020 10,747
2021 10,159
2022 6,923

Esto mientras el presupuesto federal pasó de 1,858.8 millones de pesos, en 2019, a 2,078 millones de pesos, en 2022.

Lo mismo sucedió en materia de denuncias contra servidores públicos, que tan sólo en el último año se incrementaron en un 222.1%, pasando de 42,309 en 2021, a 136,286, en 2022, según el reporte de INEGI.

Estas cifras evidencian una preocupante contradicción: El decrecimiento en el número de auditorías a nivel nacional en el contexto de un crecimiento presupuestal, junto con un alza en denuncias contra servidores públicos, lo cual sugiere la existencia de áreas opacas en la gestión pública que podrían no estar siendo detectadas oportunamente debido a las deficiencias del sistema nacional de fiscalización.

Ante este escenario, las auditorías en tiempo real emergen como una solución pronta y eficiente, al actuar como un mecanismo preventivo y correctivo oportuno que garantiza la integridad, la transparencia y la rendición de cuentas inmediata en el ejercicio de los recursos públicos.

En Sonora, a pesar del fortalecimiento en la fiscalización en términos de alcance de las revisiones, la auditoría en tiempo real ha quedado prácticamente en desuso.

De acuerdo al Programa Anual de Auditoría 2022-2023 de ISAF, para el ejercicio 2022 se tiene contemplada solo una sola auditoría en tiempo real, la cual fue solicitada por la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, para revisar cada uno de los 14 procesos de obras que serían contratadas con cargo al Fondo de Obras Municipales por Administración

Esto a diferencia de lo señalado en el Programa Anual de Auditoría 2021-2022, en el cual se reportó la realización de 400 auditorías de este tipo, solicitadas por el Ejecutivo Estatal conforme se muestra en la siguiente tabla.

Es de señalarse que dentro de estas revisiones se incluyeron auditorías financieras a recursos estatales y federales, auditorías a la obra pública y auditorías al desepeño, destacando los siguientes aspectos a evaluar:

Auditoría financiera a recursos estatales

  • Revisión de Ingresos.
  • Revisión de procesos de licitación.
  • Revisión de adquisiciones.
  • Procedimiento de revisión al capítulo 1000 Servicios Personales.
  • Procedimiento de revisión al capítulo 4000 Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas.
  • Procedimiento de revisión al capítulo 5000 Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles.

Auditoría financiera a recursos federales

  • Revisión de ingresos en la Secretaría de Hacienda.
  • Revisión de egresos en Dependencias y Entidades. Auditoría financiera globalizadora
  • Bienes Inmuebles, Infraestructura y Construcciones en Proceso.
  • Derechos a Recibir Efectivo o Equivalentes.
  • Derechos a Recibir Bienes o Servicios.

Auditoría técnica a la obra pública

  • Inclusión en el presupuesto de egresos.
  • Uso apropiado de los recursos.
  • Existencia de los estudios y proyectos respectivos.
  • Método de adjudicación.
  • Cumplimiento de contratos.
  • Documentos soporte.
  • Verificación física.

Auditoría de desempeño

  • Evaluar el avance en el cumplimiento de metas.
  • Evaluar el ejercicio de los recursos de sus programas presupuestarios.
  • Evaluar Eficiencia.
  • Evaluar Eficacia.

Para efectuar la 400 auditorías en tiempo real en 2021, ISAF publicó previamnte en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado (12 de noviembre del 2020) los “Lineamientos para la implementación de la auditoría en tiempo real al Poder Ejecutivo del Estado de Sonora” (https://boletinoficial.sonora.gob.mx/boletin/images/boletinesPdf/2020/11/2020CCVI39I.pdf), que contemplaron un mecanismo de observación ciudadana, un comité de seguimiento interinstitucional y una estrategia de transparencia proactiva para darle publicidad a la información obtenida de las revisiones de este tipo.

La pandemia y las revisiones en tiempo real
A mediados de 2021, se celebró el 25º Simposio de la Organización de las Naciones Unidas junto con la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores. Bajo el lema «Trabajar durante y después de la pandemia: Aprovechando la experiencia de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) para fortalecer la eficacia de las instituciones y lograr sociedades sostenibles», este encuentro se propuso analizar el impacto del COVID-19 en las operaciones, métodos de trabajo y labor fiscalizadora de las EFS a nivel global.

Las discusiones dieron lugar al intercambio de buenas prácticas y lecciones aprendidas durante la pandemia, con un énfasis especial en las auditorías en tiempo real, herramientas que permitieron a los ESFenfrentar desafíos como la dificultad de realizar revisiones presenciales y atender la necesidad de monitorear momento a momento el ejercicio de recursos gubernamentales destinados a la respuesta frente a la pandemia y sus repercusiones económicas y sociales.

En el informe del Simposio, mismo que puede consultarse en el sitio de INTOSAI en la liga: https://www.intosai.org/fileadmin/downloads/ news_centre/events/un_int_symposia/reports_un_int_symp/sp/SP_25_Symp_2021_report.pdf, se destacan una serie de ejemplos en diversas latitudes que muestran el uso y resultados de la auditoría en tiempo real durante la pandemia, como los siguientes:

“Enfoques emergentes para una labor de auditoría ágil en el contexto COVID-19.

La EFS de Estonia condujo una amplísima auditoría de análisis de datos con el fin de examinar el impacto de las medidas de apoyo adoptadas para mitigar las consecuencias del COVID-19. La EFS combinó volúmenes masivos de datos de la Agencia Tributaria y de las entidades encargadas de ejecutar dichas medidas. Esta operación fue posible gracias a la amplia digitalización y a la fuerte interoperabilidad del sector público en Estonia, que permite a los auditores obtener información con mucha facilidad. La auditoría concluyó que, salvo algunas excepciones menores, las medidas habían sido eficaces para llegar a los más afectados por la crisis.

La EFS de El Salvador auditó en tiempo real los recursos públicos destinados a la gestión de la pandemia y la construcción de un nuevo hospital para el tratamiento de los pacientes afectados por el COVID-19, a la vez que emitió una nueva regulación para mejorar la transparencia y la rendición de cuentas en el uso de los fondos públicos dedicados a la lucha contra la pandemia en los 262 municipios del país.

La EFS de Hungría realizó una auditoría remota de todos los gobiernos locales, un total de 3.197, y de sus 1.284 oficinas. La auditoría evaluó la integridad de los gobiernos locales, la prevención de la corrupción y los entornos normativos pertinentes. El informe fue publicado en enero de 2021.

La EFS de Indonesia llevó a cabo una auditoría a gran escala sobre el COVID-19 (2020-2021) en colaboración con múltiples partes interesadas (el gobierno y los auditores internos, los cuerpos de seguridad, el Parlamento, las empresas estatales y las de propiedad local), basándose para ello en enfoques de auditoría remota y proporcionando apoyo a los auditores a través de directrices, herramientas digitales y tecnología TI.

La EFS de Mongolia ejecutó una auditoría en tiempo real sobre la campaña «Una puerta, un test». Dicha auditoría detectó la falta de cumplimiento del marco legal, la escasa información proporcionada sobre el confinamiento y el proceso de los tests, así como asimetrías en la carga de trabajo tanto en los lugares de realización de los tests como en el seno de los equipos móviles competentes. Se presentaron un total de 20 recomendaciones a las entidades encargadas de la ejecución para que adoptaran medidas adicionales.

La EFS de Sudáfrica integró todas las disciplinas de auditoría disponibles en equipos multidisciplinares para efectuar tres auditorías especiales en tiempo real centradas en las respuestas al COVID-19. Además, elaboró un manual para guiar a los auditores y asegurar el cumplimiento de las normas de ética y auditoría. Estas auditorías se apoyaron, en gran medida, en el uso de la tecnología.”

Luego de analizar estas experiencias, la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores concluyó que lecciones aprendidas pusieron de relieve que las EFS debían contar con un mandato amplio, independencia y flexibilidad en sus planes estratégicos para responder a circunstancias cambiantes. Se dedujo que la realización de auditorías en tiempo real o casi en tiempo real de operaciones críticas, había sido y seguiría siendo de cara al futuro, un fator clave en el nuevo contexto gubernamental, económico y social.

Esto nos lleva a cuestionar cuál será el futuro de las entidades fiscalizadoras: ¿retornar a las auditorías tradicionales o inclinarse por la tecnología y las metodologías de revisión en tiempo real y digitales?

La tendencia global, como se mencionó anteriormente, se inclina hacia esta última opción, y es una postura que compartimos las diputadas y los diputados de Movimiento Ciudadano en Sonora, al considerar esencial eliminar las barreras legales que limitan la capacidad del Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización de realizar auditorías en tiempo real.

La OCDE ha exhortado en forma insistente a la máxima instancia de fiscalización en México, a continuar trabajando con el Congreso de la Unión para lograr las reformas necesarias para que la Auditoría Superior pueda llevar a cabo auditorías en tiempo real, sin necesidad de una denuncia o queja previa, reforma que continúa pendiente en la máxima instancia legislativa de nuestra nación.

La OCDE ha instado repetidamente a la máxima instancia de fiscalización en México a colaborar con el Congreso de la Unión para concretar las reformas necesarias que permitan a la Auditoría Superior realizar auditorías en tiempo real sin la necesidad de una denuncia previa. Aunque esta reforma sigue pendiente a nivel nacional, en Sonora proponemos avanzar en esta dirección desde la esfera local.

Así, al menos los recursos administrados por estados y municipios, junto con sus dependencias y entidades, podrían ser auditados en tiempo real. De este modo, los ESF podrían incorporar estos procesos en sus planes anuales de auditoría, optimizando la organización de sus recursos y capacidades.

Es por lo anterior, que se propone reformar el artículo 67, apartado A), de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora, así como el artículo 17, fracción II, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Sonora, para quedar como siguen:

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA

Artículo 67.- …

Para el señalado efecto, serán atribuciones específicas del Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización:

A) …

Asimismo, el Instituto podrá llevar a cabo auditorías en tiempo real y, una vez concluidas, deberá formular un dictamen en el que se contenga un informe individual derivado de dicha auditoría. Estas auditorías se realizarán a instancia del propio Instituto o a solicitud expresa del ente fiscalizable, sin que esto último sea requisito para llevarla a cabo. Para efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el hecho o período fiscalizado, se sujetará a los a los principios previstos en el artículo 67 de esta Constitución, dándose la definitividad después de la emisión del dictamen.

LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR
PARA EL ESTADO DE SONORA

ARTÍCULO 17.- El Instituto, además de las atribuciones específicas establecidas por la Constitución Política del Estado de Sonora, tendrá las siguientes:

II.- …

Asimismo, el Instituto podrá llevar a cabo auditorías en tiempo real y, una vez concluidas, deberá formular un dictamen en el que se contenga un informe individual derivado de dicha auditoría. Estas auditorías se realizarán a instancia del propio Instituto o a solicitud expresa del ente fiscalizable, sin que esto último sea requisito para llevarla a cabo.

Compañeras diputadas y compañeros diputados:

Tenemos frente a nosotros la oportunidad de seguir fortaleciendo los sistemas de fiscalización y de anticorrupción en Sonora. La transparencia, la rendición de cuentas y la buena administración deben seguir avanzando.

La evolución tecnológica y las demandas de una sociedad en constante movimiento nos han mostrado que las auditorías en tiempo real no sólo son posibles, sino necesarias y urgentes. Representan un salto cualitativo en la fiscalización, permitiendo detectar y corregir irregularidades casi al instante, y garantizando que cada peso del erario se utilice de manera óptima y transparente.

El declive en la realización de auditorías, a pesar del aumento de los presupuestos públicos y de las denuncias contra servidores públicos, evidencia la urgencia de modernizar y fortalecer nuestros mecanismos de fiscalización. A nivel global, diversas entidades fiscalizadoras han demostrado que es posible adaptarse y enfrentar los desafíos actuales mediante auditorías en tiempo real, y Sonora no puede quedarse atrás.

Hoy, tenemos la oportunidad de convertir a nuestro sistema de fiscalización local en un referente nacional, fortaleciendo a la entidad superior de fiscalización con una herramienta que ha comprobado su utilidad en la prevención y el castigo del abuso, el desvío, la malversación de fondos y la ineficiencia en la implementación de programas gubernamentales de alto impacto.

Hago un llamado a cada uno mis compañeras y compañeros legisladores para que acompañemos esta iniciativa, la analicemos con responsabilidad y compromiso, y trabajemos juntos para convertir a nuestro Estado en líder en auditorías en tiempo real.

Es por todo lo anterior que, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 53, fracción III de la Constitución Política del Estado de Sonora y 32, fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, someto a la consideración de esta H. Asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de:

DECRETO
QUE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 67 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, Y EL ARTÍCULO 17 DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR PARA EL ESTADO DE SONORA

PRIMERO.- Se reforma el párrafo segundo del inciso A) del artículo 67 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora, para quedar como sigue:

Artículo 67.- …

Para el señalado efecto, serán atribuciones específicas del Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización:

A) …

Asimismo, el Instituto podrá llevar a cabo auditorías en tiempo real y, una vez concluidas, deberá formular un dictamen en el que se contenga un informe individual derivado de dicha auditoría. Estas auditorías se realizarán a instancia del propio Instituto o a solicitud expresa del ente fiscalizable, sin que esto último sea requisito para llevarla a cabo. Para efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el hecho o período fiscalizado, se sujetará a los a los principios previstos en el artículo 67 de esta Constitución, dándose la definitividad después de la emisión del dictamen.

SEGUNDO.- Se reforma el párrafo tercero de la fracción II del artículo 17 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Sonora, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 17.- El Instituto, además de las atribuciones específicas establecidas por la Constitución Política del Estado de Sonora, tendrá las siguientes:
II.- …

Asimismo, el Instituto podrá llevar a cabo auditorías en tiempo real y, una vez concluidas, deberá formular un dictamen en el que se contenga un informe individual derivado de dicha auditoría. Estas auditorías se realizarán a instancia del propio Instituto o a solicitud expresa del ente fiscalizable, sin que esto último sea requisito para llevarla a cabo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora.

SEGUNDO.- El Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización realizará los ajustes correspondientes a su Programa Anual de Auditoría para dar cumplimiento a las disposiciones del presente Decreto, informando al Congreso del Estado sobre tales modificaciones.

Atentamente

Dip. Natalia Rivera Grijalva
Hermosillo, Sonora, Octubre 2023

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