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Para otorgarles autonomía plena, en sesión extraordinaria del pleno del Congreso del Estado, se aprobó el 7 de junio y por unanimidad, el Decreto que reforma las leyes orgánicas de El Colegio de Sonora y del Instituto Tecnológico de Sonora.

La Comisión de Educación y Cultura presentó los dictámenes con proyectos de Decreto que reforman el Artículo 1° de la Ley Orgánica de El Colegio de Sonora, COLSON, y el Artículo 2 de la Ley Orgánica del Instituto Tecnológico de Sonora, ITSON.

El diputado Jacobo Mendoza Ruiz dio lectura al Decreto presentado por la Comisión de Educación y Cultura, mediante el cual se reforma el Artículo 1º de la Ley Orgánica de El Colegio de Sonora.

El legislador expuso que El COLSON es una institución de educación superior, que emana de un marco jurídico aprobado por esta Soberanía.

“En esta tesitura, nos compete fortalecer este en el mismo cuerpo normativo, reconociéndola como institución pública autónoma de educación superior con personalidad jurídica, patrimonio propio, auto gobernanza institucional, con el propósito de generar educación de calidad, preservar la autonomía universitaria, es ante todo promover y garantizar el derecho a la educación”, externó.

A nombre de la Comisión de Educación y Cultura, la diputada Ernestina Castro Valenzuela, dio lectura al segundo Decreto en el que destaca que, por distintas situaciones, gobiernos anteriores establecieron un manejo administrativo del Instituto Tecnológico de Sonora, ITSON, que no se ajustaba de manera adecuada a su situación normativa, motivo por el que, para evitar situaciones a futuro que obstaculicen su desarrollo, es que se presenta la propuesta en el siguiente sentido:

ARTÍCULO 2º.- El Instituto Tecnológico de Sonora es una institución autónoma de servicio público, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y con facultades para autogobernarse, organizar su funcionamiento, elaborar sus propios reglamentos y demás aspectos normativos, así como para adquirir y administrar sus bienes y recursos. Es una institución de educación superior y ejercerá la libertad de enseñanza, investigación y difusión de la cultura; aplicará sus recursos con sujeción a la normatividad relativa y, en general, cumplirá con las atribuciones que esta Ley, el reglamento general y los demás reglamentos le confieran. Su domicilio estará en Ciudad Obregón, Sonora.